viernes, 22 de julio de 2016

Ley de Segunda Oportunidad y Concurso de Acreedores.

La Ley de Segunda Oportunidad es una norma dirigida a particulares y autónomos que no puedan hacer frente a las deudas pendientes o bien que haya iniciado un proyecto profesional y no les haya funcionado.
También pueden acogerse a ella, personas que tengan deudas con entidades bancarias y no puedan hacer frente al pago de las mismas siempre que los deudores son de buena fe.
La finalidad de la Ley de Segunda Oportunidad es permitir que una persona física, consumidor, autónomo, a pesar de haber tenido un fracaso económico empresarial o personal, tenga la posibilidad de encarrilar nuevamente su vida sin tener que arrastrar indefinidamente la carga de una deuda que nunca podrá pagar.
Por ello, les dejamos este artículo del Diario El Mundo para que tengan una información más amplia sobre este asunto. Si desea aplicar este procedimiento a su deuda personal o la de su empresa, contáctenos que con gusto estudiaremos su caso.

 

ECONOMÍA FAMILIAR

Guía para pedir el concurso de acreedores


ELENA HITA
@elenhitaes

06/05/2016
El vía crucis que han de sufrir personas, autónomos y empresas para saldar sus deudas si no superan la fase previa, es lento, y, desgraciadamente, en muchas ocasiones, ineficaz.
No en vano, en el caso de las pequeñas y medianas empresas (pymes), el 95% de las que se someten a un concurso de acreedores termina en liquidación.
Estos son los pasos a dar, en caso de acogerse a la antigua suspensión de pagos, que detalla la Asociación Profesional de Administradores Concursales (Aspac).

 






Cuándo solicitarlo

Con la ley en la mano, en el momento que se intuya que no se van a poder afrontar pagos, hay dos meses de margen para solicitarlo. En el caso de persona física, los plazos son algo más laxos. Es importante tenerlo en cuenta porque de lo contrario, se podría declarar culpable y las consecuencias para el empresario son mayores, a nivel patrimonial y profesional. Los expertos recomiendan seis meses antes de poder pagar nóminas o a proveedores.

 

Dónde presentarlo

En el Juzgado de lo Mercantil de la región de turno, si tiene un negocio, o en el de Primera Instancia, si es un particular. Hay que tener al menos dos acreedores. No poder pagar únicamente la hipoteca no servirá para acogerse. A partir de ahí, el juez procederá a nombrar al administrador concursal para que tome las riendas de la situación.

 






Fase previa

Preconcurso o 5bis es como se conoce al periodo de gracia de tres meses concedido para las pymes para que intenten llegar a un acuerdo con los acreedores; acuerdo extrajudicial, en el caso de particulares y autónomos. En ambos casos se paraliza la ejecución de facturas, a excepción de aquellas contraídas con la administración pública, lo que supone un cierto balón de oxígeno. Para los acreedores hay más 
posibilidades de recuperar parte de su dinero si pactan directamente con el deudor que dejarlo para fases ulteriores.




 


Fase común

Si no hay acuerdo, la persona física va directamente a la liquidación y la pyme tiene que presentar oficialmente el concurso de acreedores en el plazo de un mes. El administrador concursal asignado tiene dos meses para realizar un inventario de los activos y pasivos de la empresa, los impagos acumulados y los próximos vencimientos, las posibilidades de continuar generando caja, plantilla...

 







Fase de convenio

El empresario, y no el administrador concursal, debe presentar una propuesta de pagos a los acreedores, con quitas y esperas. Si se aprueba, aquí acaba el proceso. Si no se llega a un acuerdo, la empresa será liquidada.

 





Fase de liquidación

El administrador concursal presenta un plan de venta de activos para transformarlo en dinero con que pagar al mayor número de acreedores. Tienen un orden fijado de preferencia. Los que menos garantía tienen de cobrar son los proveedores.

Fase de calificación

En paralelo a la liquidación, el juez determina si el concurso es tachado como culpable o no, aunque no exista mala fe. Es decir, si supera los plazos que da la ley concursal para solicitarlo aunque no sea hecho adrede, será calificado de esta forma. El empresario tendrá que responder a las deudas con su patrimonio y será inhabilitado para administrar una sociedad durante dos años.

http://www.elmundo.es/economia/2016/05/06/572b7fccca4741b3678b4571.html

viernes, 1 de julio de 2016

ELECCIONES, BREXIT, FUTBOL Y FUTURO.

Termina una semana de mucho calor, mucha faena y mucha expectativa ante el resultado de las Elecciones en nuestro país y las consecuencias que tendrá el Brexit en Europa. Sin embargo, es necesario tomarse las cosas con menos agobio y con más conciencia, para entender que en la unión está la fuerza, que juntos somos más y que si todos trabajamos de manera armoniosa tendremos como resultado un futuro prometedor para nuestros hijos y nietos. 

Todo comienza por valorar el trabajo que cada uno de nosotros emprende día a día por sacar adelante a la familia, al negocio, la carrera académica, el deporte que más nos gusta o la profesión que nos mueve a ser mejores cada día. Sumando individualidades conseguimos una fuerza conjunta que nos hace imparables y eso es lo que debemos tener presente, con humildad, demostrándonos a nosotros mismos como españoles de lo que somos capaces por valorar nuestra cultura, nuestro producto, nuestra historia. 

El futuro hay que construirlo desde ahora, sin esperar a seguir pensando en cómo lo vamos a lograr... el futuro se construye cada día porque el futuro que nuestros padres querían para nosotros es lo que estamos viviendo hoy. ¿Cuánto más vamos a esperar para construirle un futuro mejor a nuestros hijos?  

Desde INTERGROUP SERVICIO DE MEDIACION les deseamos y merecido buen fin de semana y recuerde que quedamos a su disposición.


jueves, 23 de junio de 2016

Elecciones Epaña, junio 2016. Triunfo de la Democracia.

Ahora toca ejercer el sagrado derecho del voto para tomar las riendas del país, dejar las quejas sobre la crisis y seguir adelante, demostrándole a quienes gobernarán que un país se saca adelante con el trabajo de todos los que viven y conviven en España y que ellos son los primeros que deben dar el ejemplo.

Así que a votar para mediar entre los candidatos y el país que queremos...

viernes, 17 de junio de 2016

Acaba la semana y toca dejar todo emparejado para la próxima.
Ya con el verano y las vacaciones escolares, el trabajo se duplica y queda ordenar mejor los horarios para que la faena sea productiva.
Desde Inter Group les recordamos que estamos a su disposición para brindarles nuestro apoyo en materia de mediación.
Que tengais un buen fin de semana.
Inter Group Servicio de Mediación surge en el año 2013 con la finalidad de establecer vínculos de comunicación e información con todas aquellas personas y/o empresas interesadas en conocer sobre los beneficios de los servicios de la Mediación para la resolución de conflictos en ámbitos civil, mercantil y concursal, según lo establecido en la Legislación española.