En España, según la Ley 5/2012 de Mediación Civil
y Mercantil, se entiende por mediación aquel medio de solución de
controversias, cualquiera que sea su denominación, en que dos o más partes
intentan voluntariamente alcanzar por sí mismas un acuerdo con la intervención
de un mediador.
La mediación constituye
un cauce complementario de resolución de conflictos. Es una fórmula válida y
aceptada en el Estado de Derecho que se ajusta a una nueva concepción de la Justicia , al tiempo que
constituye una pieza relevante de la modernización de la Administración de
Justicia.
La mediación es una
alternativa al derecho a acceder a los Tribunales de Justicia, y brinda a las
personas involucradas en el conflicto la oportunidad de tener un papel activo
en cómo se soluciona, en vez de dejar la decisión en manos de un juez, u otro
tercero que pueda adoptarla. Intentar una mediación no supone la renuncia al
derecho a acudir a los tribunales. Si la mediación no resulta exitosa, la
persona continúa pudiendo acceder a ellos, si así lo desea. La mediación es un
proceso relativamente sencillo en el que el mediador ofrece a las partes en
conflicto, de manera conjunta, la oportunidad de resolver sus diferencias de
una forma aceptada por ambas. en un juicio, generalmente hay un ganador, y un
perdedor. Al finalizar la mayoría de las mediaciones, ambas partes en conflicto
salen satisfechas con los resultados obtenidos.
El mediador
Es un profesional neutral que facilita la
resolución del conflicto por las propias partes de una forma equitativa,
permitiendo el mantenimiento de las relaciones subyacentes entre las mismas y
haciendo que éstas conserven el control sobre el final del conflicto. El
mediador está sujeto a un riguroso código deontológico, según dicta la Normativa Europea.
(“Código de Conducta Europeo para Mediadores")
La Mediación comienza con una sesión
informativa en la que las partes, de manera voluntaria, firman el acta de
iniciación. Allí las partes el mediador les informa
de los principios del proceso de mediación y cual será la metodología a seguir.
Las partes pueden
recibir asesoramiento legal o técnico durante el proceso Mediación a fin de
garantizar el desarrollo efectivo de cada sesión. De esta manera, las partes en
conflicto pueden resolver dudas de manera más específica, lo cual facilita la
búsqueda de una pronta resolución del conflicto.
Cada proceso de
mediación es único y el número de sesiones dependerá de múltiples factores:
asuntos diversos, materias legales, discrepancias jurídicas, administrativas o
gerenciales, así como la complejidad que cada asunto revele durante el proceso.
El proceso de mediación
culmina cuando las partes firman el acta final de mediación, habiendo llegado a
un acuerdo o no. Se puede finalizar la mediación en cualquier momento del
proceso por distintas razones, siempre y cuando las mismas estén fundamentadas
y justificadas. El acuerdo de mediación conclusivo puede ser elevado ante
Notaría como escritura pública según criterio y voluntad de las partes para su
pronta ejecución.
Principios
En Inter Group Servicio de Mediación le
brindamos los Servicios de Mediación en áreas específicas: Civil, Mercantil,
Concursal y General. También tenemos profesionales especializados en: Asesoría
Laboral y Fiscal, Administración Concursal, Asesoría Jurídica en materia Civil
y Mercantil, así como Orientación en trámites y procedimientos de Extranjería.
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